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Orden 276 sobre certificación. El procedimiento para la certificación del personal docente de organizaciones dedicadas a actividades educativas - Rossiyskaya Gazeta. El procedimiento para la certificación del personal docente de las organizaciones que brindan servicios educativos.

Derecho laboral prevé la certificación de un empleado para establecer su cumplimiento (incumplimiento) con el puesto ocupado (trabajo realizado) . El procedimiento de certificación se establece mediante actos jurídicos reglamentarios que contienen normas derecho laboral o las normas locales vigentes en el empleador. Dichos actos normativos reflejan las características de la certificación de empleados, teniendo en cuenta los detalles de la actividad laboral y las condiciones para su implementación. Este último se aplica plenamente a la certificación. personal docente organizaciones dedicadas a actividades educativas.

De conformidad con la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 No. 273-FZ “Sobre la Educación en Federación Rusa”(modificado el 21/07/2014; en adelante - Ley Federal N° 273-FZ) los trabajadores pedagógicos están certificados para el cumplimiento de su cargo y para establecer su categoría de calificación. La Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa de fecha 04.07.2014 No. 276 (en adelante, Orden No. 276) aprobó un nuevo Procedimiento para la certificación del personal docente de organizaciones dedicadas a actividades educativas (en adelante, el Procedimiento), que determina Requerimientos generales a la certificación, así como las características de su conducta a los efectos de acreditar la conformidad del docente con el cargo que ocupa y a los efectos de establecer una categoría de calificación para el docente.

El procedimiento se aplica a la certificación del personal docente que ocupa los puestos mencionados en la subsección 2 de la sección I de la nomenclatura de puestos de directores y personal docente de organizaciones educativas (aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia con fecha 08.08. actividades, puestos de directores de organizaciones educativas"), incluso en los casos en que la provisión de puestos se realice a tiempo parcial en la misma u otra organización, así como combinando puestos junto con el trabajo en la misma organización, determinado contrato de empleo(párrafo 2, inciso 1, apartado 1 de la Orden).

Según el apartado 3 del apartado 1 del Procedimiento las principales tareas de la certificación son:

  • estimulación de la mejora continua y decidida del nivel de calificación de los trabajadores pedagógicos, su cultura metodológica, profesional y crecimiento personal;
  • determinar la necesidad de formación avanzada del personal docente;
  • mejorar la eficiencia y calidad de las actividades docentes;
  • identificar perspectivas para utilizar el potencial del personal docente;
  • teniendo en cuenta los requisitos de los estándares educativos estatales federales para las condiciones del personal para la implementación programas educativos al formar personal organizaciones;
  • garantizar la diferenciación de los salarios de los docentes, teniendo en cuenta la categoría de calificación establecida y el volumen de su trabajo docente (pedagógico).

Principios básicos atestación: colegialidad, publicidad, apertura, aseguramiento de una actitud objetiva hacia el personal docente, inadmisibilidad de discriminación durante la atestación (cláusula 4, fracción I de la Orden).

Nota!

La certificación para acreditar la conformidad de un docente con el cargo que ocupa es obligatoria para este último y se realiza, con algunas excepciones, cada cinco años, y la certificación para establecer una categoría de calificación para un docente, por el contrario, es llevado a cabo a petición del empleado correspondiente (ver Partes 1-2 del Art. .49 ley Federal No. 273, párrafo 5 de la fracción II y párrafo 24 sección III Pedido).

Para confirmar la idoneidad del puesto. Los siguientes maestros no aprueban la certificación(inciso 22 de la fracción II de la Orden):

  • tener categorías de cualificación;
  • que hayan trabajado en su cargo por menos de dos años en la organización en la que se realiza la certificación;
  • mujeres embarazadas;
  • mujeres en licencia de maternidad;
  • personas en licencia parental hasta que el niño cumpla tres años;
  • ausentarse del lugar de trabajo por más de cuatro meses consecutivos por enfermedad.

Nota:

La realización de la certificación de los trabajadores pedagógicos, prevista en los incisos "d" y "e", está permitida no antes de dos años después de su liberación de las vacaciones especificadas. La certificación de trabajadores pedagógicos, prevista en el inciso "e", se permite no antes de un año después de su ingreso al trabajo.

De paso

La normativa local vigente en el empleador podrá definir otras categorías de trabajadores pedagógicos, cuya certificación se organice en un momento diferente de los previstos por el Decreto N° 276, por ejemplo, las personas en situación de excedencia en relación con la adopción de un hijo (art. 257 del Código Laboral de la Federación de Rusia), personas con licencia de larga duración (subcláusula 4, cláusula 5, artículo 47 de la Ley Federal No. 273), etc.

Características de la certificación realizada para acreditar la conformidad del docente con el cargo que ocupa

Para la certificación en una organización educativa, una especial comisión certificadora. El empleador emite una orden (instrucción) sobre su formación, que aprueba la composición personal de la comisión de certificación: presidente, vicepresidente, secretario y miembros de la comisión) y, si es necesario, el reglamento de la comisión, las reglas de trabajo de la comisión, etc.

Asimismo, el Patrón emite una orden (instrucción) apropiada sobre la certificación, que determina la composición personal del personal docente sujeto a certificación, el cronograma de certificación, si es necesario, otras cuestiones sobre la organización de eventos de certificación.

No menos de 30 días antes de la fecha estipulada por el cronograma de certificación, cada maestro sujeto a certificación debe estar familiarizado con la orden (instrucción) contra la firma. Para cada maestro, el empleador presenta a la comisión de certificación por adelantado actuación que contiene información sobre el profesor:

  • apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere);
  • el nombre del cargo a la fecha de la certificación;
  • fecha de celebración de un contrato de trabajo para este puesto;
  • nivel de educación y (o) calificaciones en la especialidad o campo de estudio;
  • información sobre cómo obtener información adicional educación vocacional según el perfil de actividad pedagógica;
  • resultados de certificaciones anteriores (si las hubiere);
  • evaluación integral y objetiva motivada de los profesionales, cualidades comerciales, resultados actividad profesional trabajador pedagógico para la implementación deberes laborales le asigna un contrato de trabajo (cláusula 11, fracción II de la Orden).

A más tardar 30 días antes de la fecha programada de certificación el empleador está obligado a informar al maestro de la presentación contra la firma. Después de revisar la presentación, el maestro, a su propia solicitud, puede presentar a la comisión de certificación información adicional que caracterice sus actividades profesionales por el período a partir de la fecha de la certificación anterior (para la certificación primaria - desde la fecha de entrada al trabajo) (cláusula 12 de la fracción II de la Orden). En caso de que el trabajador se niegue a familiarizarse con la presentación, el empleador redacta y firma el acta correspondiente en presencia de al menos dos personas.

La principal forma de atestación es una reunión de la comisión de atestación, que se considera competente en presencia de al menos dos tercios de numero total miembros de la comisión de atestación. El profesorado objeto de la certificación deberá estar presente en la reunión. En caso de ausencia por causa justificada (debe documentarse y reflejarse en el acta de la reunión), se pospone su certificación para otra fecha, y se realizan cambios en el horario, con el cual el empleado debe familiarizarse al menos 30 días naturales antes de la fecha de la nueva certificación. En caso de no comparecencia de un trabajador pedagógico sin buena razón la comisión de certificación de la organización tiene derecho a realizar la certificación en su ausencia.

Durante la reunión, la comisión de certificación considera la presentación y (si la hubiere) información adicional que caracterice la actividad profesional de la persona certificada.

Si así lo dispone el reglamento de la comisión de certificación, los miembros de la comisión de certificación intercambian opiniones, se hacen preguntas entre ellos y al maestro certificado, si es necesario, hacen propuestas motivadas para considerar información adicional, etc.

Con base en los resultados de la consideración de la información disponible, la comisión de certificación toma una de las siguientes decisiones (indicando en el acta de la reunión el cargo del maestro certificado):

  • corresponde al cargo desempeñado (cuando al menos la mitad de los miembros de la comisión de certificación presentes votaron por la decisión sobre la conformidad de la persona que se certifica con el cargo desempeñado);
  • no coincide con la posición.

“La decisión la toma la comisión de certificación de la organización en ausencia del maestro certificado mediante votación abierta por mayoría de votos de los miembros de la comisión de certificación de la organización presentes en la reunión.

Al aprobar la certificación, un docente que sea miembro de la comisión de certificación de la organización no participa en la votación de su candidatura” (inciso 16 de la fracción II de la Orden).

Los resultados de la certificación de los trabajadores pedagógicos se ingresan en protocolo, firmado por todos los miembros de la comisión de certificación y comunicado a la persona certificada inmediatamente después de que se resumen los resultados de la votación. El protocolo, junto con otros documentos relacionados con la certificación del personal docente, es custodiado por el empleador. De acuerdo con el párrafo 20 de la fracción II del Procedimiento para un maestro que ha aprobado la certificación, a más tardar dos días hábiles a partir de la fecha de su realización, el secretario de la comisión de certificación de la organización elabora un extracto del protocolo que contiene información sobre el apellido, nombre, patronímico (si lo hay) de la persona certificada, el nombre de su cargo, la fecha de la reunión de la comisión de certificación de la organización, los resultados de la votación, sobre la decisión adoptada por la comisión de certificación de la organización. El empleador pone en conocimiento del maestro un extracto del protocolo contra la firma dentro de los tres días hábiles siguientes a su elaboración. Un extracto del protocolo se conserva en el archivo personal del profesor.

¡Nota!

Los resultados de la certificación con el fin de confirmar el cumplimiento de los docentes con sus puestos en función de la evaluación y la actividad profesional de un docente derecho a apelar de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa (cláusula 21 de la sección II de la Orden).

Los resultados de la certificación son la base para que la comisión de certificación presente a la consideración del empleador recomendaciones motivadas sobre la conveniencia (inadecuación) de nombrar personas para los puestos relevantes de trabajadores pedagógicos que no tienen capacitación especial y (y) experiencia laboral , pero al mismo tiempo tener suficiente experiencia práctica y competencia, realizando las tareas que se les asignen deberes oficiales cualitativamente y en su totalidad (inciso 23 de la fracción II de la Orden).

Características de la certificación realizada para establecer una categoría de calificación para un maestro

La certificación para establecer una categoría de calificación para un maestro también la lleva a cabo un organismo especialmente autorizado: una comisión de certificación. Pero en este caso, la comisión no está formada por el empleador (organización educativa), sino autoridades ejecutivas federales u organismos autorizados el poder del Estado súbditos de la Federación Rusa. Todo depende de quién esté a cargo de las organizaciones educativas correspondientes (inciso 25 de la fracción III de la Orden). Los principios para la formación de comisiones de certificación son casi idénticos a los de la realización de certificaciones para confirmar el cumplimiento del cargo ocupado. En este caso, aún se están determinando las condiciones para atraer especialistas para realizar un análisis integral de las actividades profesionales de los trabajadores pedagógicos (inciso 26 de la fracción III de la Orden).

Como se ha señalado, esta especie usa atestación caracter declarativo- se lleva a cabo sobre la base de una solicitud escrita de un profesor que solicita la asignación de una categoría de calificación, que se presenta directamente a la comisión de certificación autorizada. El trabajador también podrá enviar la solicitud por correo ordinario (carta con acuse de recibo) o por correo electrónico (con notificación en el formulario documento electronico). La solicitud indica las categorías de calificación y cargos para los cuales el docente desea certificarse (incisos 27, 28, fracción III de la Orden).

“Solicitud de certificación para establecer la categoría de calificación más alta para el puesto para el cual se llevará a cabo la certificación por primera vez es presentada por un maestro no antes de dos años después después del establecimiento de la primera categoría de calificación para este puesto. La caducidad de la categoría de calificación más alta no restringe el derecho de un maestro a postularse posteriormente a la comisión de certificación con una solicitud de certificación para establecer la categoría de calificación más alta para el mismo puesto. Las solicitudes de certificación de trabajadores pedagógicos son consideradas por comisiones de certificación autorizadas a tiempo. no más de 30 días naturales a partir de la fecha de recepción, durante la cual:

a) se determina un plazo específico para la certificación de cada docente individualmente, teniendo en cuenta el período de validez de la categoría de calificación previamente establecida;

b) se realiza una notificación por escrito al personal docente sobre la fecha y el lugar de su certificación ”(párrafos 30 - 32 de la fracción III de la orden).

La duración de la certificación para cada docente desde el inicio de su implementación y hasta la decisión de la comisión de certificación no puede exceder de 60 días naturales (inciso 33 de la fracción III de la Orden).

A la luz del tema que nos ocupa, prestemos atención a los criterios básicos para establecer las primeras y más altas categorías de calificación del personal docente (cláusulas 36, 37 de la fracción III de la Orden).

  • resultados positivos estables en el desarrollo de programas educativos por parte de los estudiantes basados ​​en los resultados del seguimiento realizado por la organización;
  • resultados positivos estables en el desarrollo de programas educativos por parte de los estudiantes basados ​​en los resultados del seguimiento del sistema educativo, llevado a cabo de la manera establecida por el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de agosto de 2013 No. 662 “Sobre el seguimiento de la educación sistema";
  • identificar el desarrollo de las capacidades de los estudiantes para actividades científicas (intelectuales), creativas, de cultura física y deportivas;
  • contribución personal para mejorar la calidad de la educación, mejorar los métodos de formación y educación, difundir en el personal docente la experiencia de los resultados prácticos de sus actividades profesionales, participación activa en el trabajo de asociaciones metodológicas de trabajadores pedagógicos de la organización.
  • logro por parte de los estudiantes de una dinámica positiva de los resultados del dominio de los programas educativos basados ​​​​en los resultados del seguimiento realizado por la organización;
  • logro por parte de los estudiantes de resultados positivos en el desarrollo de programas educativos basados ​​​​en los resultados del monitoreo del sistema educativo, llevado a cabo de la manera establecida por el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de agosto de 2013 No. 662 "Sobre el monitoreo del sistema educativo";
  • identificación y desarrollo de las habilidades de los estudiantes para actividades científicas (intelectuales), creativas, de cultura física y deportivas, así como su participación en olimpiadas, competencias, festivales, competencias;
  • contribución personal para mejorar la calidad de la educación, mejorar los métodos de enseñanza y crianza y el uso productivo de los nuevos tecnologías educativas difundir en el profesorado la vivencia de los resultados prácticos de su actividad profesional, incluidos los experimentales e innovadores;
  • participación activa en el trabajo de asociaciones metodológicas de trabajadores pedagógicos de organizaciones, en el desarrollo de programas y apoyo metodológico proceso educativo, competiciones profesionales.

De acuerdo con el numeral 35 de la fracción III del Procedimiento, la certificación para establecer una categoría de calificación para un maestro puede realizarse tanto en presencia del certificado como sin él, independientemente de las razones de la ausencia.

La evaluación de la actividad profesional de los trabajadores pedagógicos para establecer una categoría de calificación la realiza la comisión de certificación en función de los resultados de su trabajo (según los criterios para establecer la categoría correspondiente), siempre que su actividad profesional esté realmente relacionada a las áreas de trabajo correspondientes (cláusula 38, fracción III de la Orden).

Con base en los resultados de la certificación, la comisión de certificación toma una de las siguientes decisiones (indicando la posición del maestro certificado):

  • establecer la primera (más alta) categoría de calificación;
  • negarse a establecer la primera (más alta) categoría de calificación.

Etapa final realización de la certificación (hasta la posibilidad de apelación por parte de la persona certificada contra sus resultados) lo mismo que en el caso de atestación para acreditar el cumplimiento del cargo desempeñado.

Es cierto que, a diferencia del primer tipo de certificación, en este caso, los resultados de la certificación se hacen públicos: "sobre la base de las decisiones de las comisiones de certificación sobre los resultados de la certificación de los trabajadores pedagógicos, las autoridades ejecutivas federales pertinentes o organismos autorizados las autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación Rusa emiten actos administrativos sobre el establecimiento de la primera o más alta categoría de calificación para maestros desde el día en que la comisión de certificación toma la decisión, que se publican en los sitios web oficiales de estos organismos en el Internet (cláusula 44 de la fracción III de la Orden).

M. Yu. Rogozhin, experto

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA
FEDERACIÓN RUSA

PEDIDO

Sobre el procedimiento de acreditación del personal docente de los estados y municipios Instituciones educacionales


Derogado desde el 15 de junio de 2014 sobre la base de
Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de Rusia del 7 de abril de 2014 N 276
____________________________________________________________________


De conformidad con la cláusula 5.2.12 del Reglamento del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa, aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 15 de junio de 2004 N 280 (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2004, N 25, Art. 2562, 2005, N 15, Art. 1350, 2006, N 18, Art. 2007, 2008, N 25, Art. 2990, N 34, Art. 3938, N 42, Art. 4825, N 46, 3, artículo 378, 6, artículo 738, 14, artículo 1662),

Ordeno:

1. Aprobar el Procedimiento adjunto para la acreditación del personal docente de las instituciones educativas estatales y municipales.

2. Establecer que las categorías de calificación asignadas a los trabajadores pedagógicos y ejecutivos de las instituciones educativas estatales y municipales antes de la entrada en vigencia del Procedimiento para la acreditación de los trabajadores pedagógicos de las instituciones educativas estatales y municipales se mantengan por el período para el cual fueron asignadas.

3. Introducir el Procedimiento para la acreditación del personal docente de las instituciones educativas estatales y municipales a partir del 1 de enero de 2011.

4. Reconocer inválida desde el 1 de enero de 2011 la orden del Ministerio de Educación de la Federación Rusa del 26 de junio de 2000 N 1908 "Sobre la aprobación del Reglamento sobre el procedimiento para la certificación de empleados pedagógicos y ejecutivos de instituciones educativas estatales y municipales". (registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa el 24 de julio de 2000, registro N 2322; Boletín de actos normativos de los órganos ejecutivos federales, 2000, N 32).

5. Imponer control sobre la ejecución de la presente orden a la Viceministra Kalina I.I.

Ministro
A.Fursenko


Registrado
en el Ministerio de Justicia
Federación Rusa
26 de abril de 2010
registro N 16999

Apéndice. El procedimiento para la acreditación del personal docente de las instituciones educativas estatales y municipales

Apéndice

I. Disposiciones generales

1. El presente Procedimiento para la acreditación de docentes de instituciones educativas estatales y municipales (en adelante, el Procedimiento) determina las reglas para la acreditación de docentes de instituciones educativas estatales y municipales que ejecutan los principales programas educativos de preescolar, primaria general, básica general, educación general secundaria (completa), educación vocacional primaria y vocacional secundaria, así como programas educativos adicionales (en adelante, respectivamente, - trabajadores pedagógicos, instituciones educativas, programas educativos).
_______________
Los trabajadores pedagógicos incluyen personas que ocupan puestos asignados al grupo de calificación profesional de puestos de trabajadores pedagógicos, aprobado por orden del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Federación Rusa del 5 de mayo de 2008 N 216n "Sobre la aprobación de grupos de calificación profesional de puestos de educadores" (registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa el 22 de mayo de 2008, registro N 11731; periódico ruso, 2008, núm. 113).

La certificación de empleados que ocupan puestos de trabajadores científicos y pedagógicos se lleva a cabo de conformidad con el Reglamento sobre el procedimiento de certificación de empleados que ocupan puestos de trabajadores científicos y pedagógicos, aprobado por orden del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa del 6 de agosto. , 2009 N 284 "Sobre la aprobación del Reglamento sobre el procedimiento para llevar a cabo la certificación de empleados que ocupan puestos de trabajadores científicos y pedagógicos" (registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa el 15 de septiembre de 2009, registro N 14772, Boletín de normativa leyes de los órganos ejecutivos federales, 2009, N 40).

2. La certificación se lleva a cabo para establecer la conformidad del nivel de cualificación del personal docente con los requisitos para las categorías de calificación (primera o superior), o para confirmar la conformidad del personal docente con sus puestos sobre la base de una evaluación de su profesionalidad. actividades.

3. Los principales objetivos de la certificación son:

estimulación de la mejora continua y decidida del nivel de calificación de los trabajadores pedagógicos, su cultura metodológica, crecimiento profesional personal, su uso de tecnologías pedagógicas modernas;

mejorar la eficiencia y calidad del trabajo pedagógico;

identificar perspectivas para utilizar el potencial del personal docente;

teniendo en cuenta los requisitos de las normas educativas estatales federales para las condiciones del personal para la implementación de programas educativos al formar el personal de las instituciones educativas;

determinar la necesidad de formación avanzada del personal docente;

garantizar la diferenciación del nivel de remuneración de los docentes.

4. Los principios fundamentales de la certificación son la colegialidad, la publicidad, la apertura, la garantía de una actitud objetiva hacia el personal docente, la inadmisibilidad de la discriminación durante la certificación.

II. Formación de las comisiones de atestación, su composición y procedimiento de trabajo

5. La certificación de los trabajadores pedagógicos de las instituciones educativas de la entidad constitutiva de la Federación Rusa y las instituciones educativas municipales se lleva a cabo por una comisión de certificación formada por la autoridad ejecutiva de la entidad constitutiva de la Federación Rusa que administra en el campo de la educación; certificación de trabajadores pedagógicos de instituciones educativas estatales federales - por una comisión de certificación formada por las autoridades ejecutivas federales en cuya jurisdicción se encuentran (en adelante, las autoridades ejecutivas federales).

6. La comisión de certificación, compuesta por el presidente de la comisión, el vicepresidente, el secretario y los miembros de la comisión, está formada por representantes de las autoridades estatales federales, autoridades estatales de las entidades constitutivas de la Federación Rusa, autoridades locales, sindicatos , organizaciones científicas y asociaciones públicas, órganos de autogobierno de las instituciones educativas (consejos de instituciones educativas, patronatos, consejos pedagógicos, etc.) y empleados de instituciones educativas.

La composición personal de la comisión de certificación está aprobada por el acto administrativo del órgano ejecutivo federal, el órgano ejecutivo de la entidad constituyente de la Federación de Rusia que gestiona la educación.

Para llevar a cabo la certificación con el fin de confirmar el cumplimiento de un docente con el cargo que ocupa, la comisión de certificación debe incluir un representante del órgano electo de la organización sindical principal pertinente de la institución educativa en la que trabaja este docente (otro sindicato representante autorizado por la organización sindical de base de la institución educativa).

7. Con el fin de realizar la certificación para establecer el cumplimiento del nivel de calificación de un maestro con los requisitos para las categorías de calificación (primera o más alta), la comisión de certificación crea grupos de expertos para llevar a cabo un análisis integral de los resultados del profesional. actividad de un docente y preparar un dictamen pericial apropiado para la comisión de certificación.

8. La composición de la comisión de atestación y de los grupos de expertos se forma de tal forma que se excluye la posibilidad de un conflicto de intereses que pueda afectar a las decisiones de las comisiones de atestación.

9. La reunión de la comisión de atestación se considera competente si concurren a ella, al menos, las dos terceras partes de sus miembros.

10. El trabajador pedagógico tiene derecho a estar personalmente presente durante su atestación en una reunión de la comisión de atestación, de lo cual notifica a la comisión de atestación por escrito. Si un maestro no se presenta a una reunión de la comisión de certificación sin una buena razón, la comisión tiene derecho a realizar una certificación en su ausencia.

11. La decisión de la comisión de certificación se toma en ausencia del maestro certificado mediante votación abierta por mayoría de votos de los miembros de la comisión de certificación presentes en la reunión. Con igual número de votos de los miembros de la comisión de atestación, se considera que el docente ha superado la atestación.

Al pasar la certificación, un maestro que es miembro de la comisión de certificación no participa en la votación de su candidatura.

Los resultados de la certificación de un profesor directamente presente en una reunión de la comisión de certificación se le comunican después de resumir los resultados de la votación.

12. Los horarios de trabajo de las comisiones de certificación se aprueban anualmente mediante un acto administrativo del órgano ejecutivo federal, el órgano ejecutivo de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia que gestiona la educación.

13. La decisión de la comisión de certificación se redacta en un protocolo que entra en vigor a partir de la fecha de la firma por el presidente, el vicepresidente, el secretario y los miembros de la comisión de certificación que participaron en la votación, y se incluye en la certificación. hoja del maestro.

Si es necesario, la comisión de certificación ingresa recomendaciones sobre la mejora de las actividades profesionales de un trabajador pedagógico, sobre la necesidad de mejorar sus calificaciones, indicando especialización y otras recomendaciones, en la hoja de certificación de un trabajador pedagógico, si es necesario.

Si está disponible en la hoja de certificación estas recomendaciones el empleador, a más tardar un año a partir de la fecha de certificación de un trabajador pedagógico, presenta a la comisión de certificación información sobre la implementación de las recomendaciones de la comisión de certificación para mejorar las actividades profesionales de un trabajador pedagógico.

14. La decisión de la comisión de certificación sobre los resultados de la certificación de los trabajadores pedagógicos está aprobada por el acto administrativo del órgano ejecutivo federal, el órgano ejecutivo de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia que gestiona la educación. Para el personal docente, respecto del cual la comisión de certificación ha tomado una decisión sobre el cumplimiento de su nivel de calificación con los requisitos para la primera (más alta) categoría de calificación, la categoría de calificación correspondiente se establece mediante el acto administrativo especificado.

15. La hoja de certificación y un extracto del acto administrativo del órgano ejecutivo federal, el órgano ejecutivo de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia que ejerce la gestión en el campo de la educación, se envían al empleador del trabajador pedagógico a más tardar 30 días calendario a partir de la fecha de la decisión de la comisión de certificación para familiarizar al empleado con ellos bajo pintura y toma de decisiones de acuerdo con el Código Laboral de la Federación Rusa.
_______________
Colección de Legislación de la Federación Rusa, 2002, N 1, artículo 3; N 30, artículo 3033; 2003, N 27, artículo 2700; 2004, N 18, artículo 1690; N 35, artículo 3607; 2005, N 1, artículo 27; N 19, artículo 1752; 2006, N 27, artículo 2878; N 52, artículo 5498; 2007, N 1, artículo 34; N 17, artículo 1930; N 30, artículo 3808; N 41, artículo 4844; N 43, artículo 5084; N 49, artículo 6070; 2008, N 9, artículo 812; N 30, artículo 3613, artículo 3616; N 52, artículos 6235, 6236; 2009, N 1, st.17, 21; N 19, artículo 2270; N 29, artículos 3604, 3732; N 30, artículo 3739; N 46, artículo 5419; N 48, artículo 5717.


La hoja de atestación, un extracto del acto administrativo del órgano ejecutivo federal, el órgano ejecutivo de la entidad constitutiva de la Federación Rusa que administra el campo de la educación, se almacena en el archivo personal del trabajador pedagógico.

16. Un maestro tiene derecho a apelar contra los resultados de la certificación de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa.

tercero El procedimiento de certificación del personal docente para acreditar el cumplimiento del cargo desempeñado

17. La certificación para acreditar la conformidad del personal docente con su cargo se realiza una vez cada 5 años en relación con el personal docente que no tiene categorías de calificación (primera o superior).

18. La certificación no está sujeta a:

profesores que han trabajado en su puesto por menos de dos años;

mujeres embarazadas; mujeres en licencia de maternidad; trabajadores pedagógicos que están en licencia parental hasta que el niño cumple tres años. La certificación de estos empleados es posible no antes de dos años después de su liberación de las vacaciones especificadas.

19. La base para la certificación es la presentación del empleador (en adelante, la presentación).

20. La presentación debe contener una evaluación completa y objetiva motivada de las cualidades profesionales y comerciales de un docente, los resultados de su actividad profesional sobre la base de las características de calificación para el puesto ocupado, información sobre el paso de la formación avanzada por parte del docente. , incluso en la dirección del empleador, para el período anterior a la certificación, información sobre los resultados de las certificaciones anteriores.

El maestro debe estar familiarizado con la presentación por parte del empleador contra la firma a más tardar un mes antes del día de la certificación. Después de familiarizarse con la presentación, el profesor tiene derecho a presentar a la comisión de certificación su propia información que lo caracteriza. actividad laboral por el período a partir de la fecha de la certificación anterior (para la certificación primaria - a partir de la fecha de empleo), así como una declaración con la debida justificación en caso de desacuerdo con la presentación del empleador.

21. La información sobre la fecha, lugar y hora de la certificación es comunicada por escrito por el empleador al personal docente sujeto a la certificación, a más tardar un mes antes de su inicio.

22. En el curso de la certificación, el personal docente se somete a pruebas de calificación por escrito sobre cuestiones relacionadas con la implementación de sus actividades pedagógicas en su puesto.

23. Con base en los resultados de la certificación de un maestro para confirmar la idoneidad del puesto ocupado, la comisión de certificación toma una de las siguientes decisiones:

corresponde al cargo ocupado (se indica el cargo del empleado);

no corresponde al puesto ocupado (se indica el puesto del empleado).

24. Si un maestro es reconocido, de acuerdo con los resultados de la certificación, como inadecuado para el puesto ocupado debido a calificaciones insuficientes, el contrato de trabajo con él puede ser rescindido de conformidad con la cláusula 3 de la parte 1 del artículo 81 del Código de Trabajo de La Federación Rusa. Se permite el despido sobre esta base si es imposible transferir al maestro con su consentimiento por escrito a otro trabajo disponible para el empleador (como posición vacante o un trabajo correspondiente a las calificaciones del empleado, y un puesto vacante inferior o trabajo peor pagado), que el empleado puede realizar teniendo en cuenta su estado de salud (Parte 3 del Artículo 81 del Código Laboral de la Federación Rusa).

IV. El procedimiento de certificación del personal docente para establecer el cumplimiento del nivel de sus calificaciones con los requisitos para las categorías de calificación (primera o superior)

25. La certificación de un trabajador pedagógico para establecer el cumplimiento del nivel de sus calificaciones con los requisitos para las categorías de calificación primera o más alta se lleva a cabo sobre la base de una solicitud de un trabajador docente.

La solicitud de certificación de un maestro debe ser considerada por la comisión de certificación a más tardar un mes después de la fecha de presentación.

26. El momento de la certificación de cada maestro lo establece la comisión de certificación individualmente de acuerdo con el cronograma. En la elaboración del cronograma se deberá tener en cuenta la duración de las categorías de calificación previamente establecidas.

27. La duración de la certificación de cada docente desde el inicio de su implementación y hasta la decisión de la comisión de certificación no debe exceder los dos meses.

28. La categoría de calificación establecida sobre la base de la certificación para el personal docente tiene una validez de cinco años.

29. Los trabajadores pedagógicos pueden solicitar a la comisión de certificación una solicitud de certificación para establecer el cumplimiento de su nivel de calificación con los requisitos para la categoría de calificación más alta, no antes de 2 años después del establecimiento de la primera categoría de calificación.

30. La primera categoría de calificación puede establecerse para el personal docente que:



hacer una contribución personal para mejorar la calidad de la educación a través de la mejora de los métodos de enseñanza y crianza;

tener resultados estables el desarrollo de los estudiantes, los alumnos de los programas educativos y los indicadores de la dinámica de sus logros están por encima del promedio en el tema de la Federación Rusa.

31. Podrá establecerse la máxima categoría de calificación para el personal docente que:

tener la primera categoría de calificación establecida;

poseer tecnologías y métodos educativos modernos y aplicarlos efectivamente en actividades profesionales prácticas;

tener resultados estables en el desarrollo de programas educativos por parte de estudiantes, alumnos e indicadores de la dinámica de sus logros por encima del promedio en el tema de la Federación de Rusia, incluso teniendo en cuenta los resultados de la participación de estudiantes y alumnos en toda Rusia, internacional Olimpiadas, competiciones, competiciones;

hacer una contribución personal para mejorar la calidad de la educación a través de la mejora de los métodos de enseñanza y crianza, actividades de innovación, en el desarrollo de nuevas tecnologías educativas y difundir activamente su propia experiencia en la mejora de la calidad de la educación y la crianza.

32. Con base en los resultados de la certificación, la comisión de certificación toma una de las siguientes decisiones:

a) el nivel de calificación (se indica el puesto) cumple con los requisitos para la primera (más alta) categoría de calificación;

b) el nivel de calificación (se indica el puesto) no cumple con los requisitos para la primera (más alta) categoría de calificación.

33. Al tomar una decisión de la comisión de certificación sobre el incumplimiento del nivel de calificación de un maestro con los requisitos para la categoría de calificación más alta, conserva la primera categoría de calificación hasta el vencimiento de su validez.

34. Las categorías de calificación se conservan cuando un maestro se transfiere a otra institución educativa, incluida una ubicada en otra materia de la Federación de Rusia, durante el período de validez.



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Registro N 32408

De conformidad con la Parte 4 del Artículo 49 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la Educación en la Federación Rusa" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2012, N 53, Art. 7598; 2013, N 19, Art. 2326, N° 23, artículo 2878, N° 27, artículo 3462, N° 30, artículo 4036, N° 48, artículo 6165, 2014, N° 6, artículo 562, artículo 566) y el inciso 5.2.28 de la Reglamento del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa, aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 3 de junio de 2013 N 466 (Legislación Recopilada de la Federación Rusa 2013, N 23, Art. 2923; N 33, Art. 4386; N 37, Art. 4702; 2014, N 2, inciso 126; N 6, inciso 582) Ordeno:

1. Aprobar en convenio con el Ministerio de Trabajo y Protección social de la Federación de Rusia, el procedimiento adjunto para la certificación del personal docente de las organizaciones dedicadas a actividades educativas.

2. Establecer que las categorías de calificación establecidas para los docentes de las instituciones educativas estatales y municipales con anterioridad a la aprobación del Procedimiento señalado en el numeral 1 de la presente orden se mantienen por el período para el cual fueron establecidas.

3. Reconocer inválida la orden del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa de fecha 24 de marzo de 2010 N209 "Sobre el Procedimiento para la Certificación de Trabajadores Pedagógicos de Instituciones Educativas Estatales y Municipales" (registrada por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa el 26 de abril de 2010, registro N 16999).

Ministro D. Livanov

Apéndice

El procedimiento para la certificación del personal docente de las organizaciones dedicadas a actividades educativas.

I. Disposiciones generales

1. El procedimiento para la certificación de trabajadores pedagógicos de organizaciones dedicadas a actividades educativas (en adelante, la organización) determina las reglas, tareas principales y principios para la certificación de trabajadores pedagógicos de organizaciones.

Este Procedimiento se aplica al personal docente de organizaciones que ocupan los puestos mencionados en la subsección 2 de la sección I de la nomenclatura de puestos de personal docente de organizaciones dedicadas a actividades educativas, puestos de jefes de organizaciones educativas, aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa de 8 de agosto de 2013 N 678 (Colección de Legislación de la Federación Rusa , 2013, N 33, art. 4381), incluso en los casos en que la ocupación de puestos se realiza a tiempo parcial en la misma u otra organización, así como por combinar puestos junto con el trabajo en la misma organización, definida por un contrato de trabajo (en adelante, trabajadores pedagógicos).

2. La certificación del profesorado se realiza con el fin de acreditar la conformidad del profesorado con su cargo a partir de una evaluación de su actividad profesional y a petición del profesorado (con excepción del profesorado del profesorado) en para establecer una calificación de categoría 1.

3. Las principales tareas de la certificación son:

estimulación de la mejora continua y decidida del nivel de calificación de los trabajadores pedagógicos, su cultura metodológica, crecimiento profesional y personal;

determinar la necesidad de formación avanzada del personal docente;

mejorar la eficiencia y calidad de las actividades docentes;

identificar perspectivas para utilizar el potencial del personal docente;

teniendo en cuenta los requisitos de las normas educativas estatales federales para las condiciones del personal para la implementación de programas educativos al formar el personal de las organizaciones;

garantizar la diferenciación de los salarios de los docentes, teniendo en cuenta la categoría de calificación establecida y el volumen de su trabajo docente (pedagógico).

4. Los principios fundamentales de la certificación son la colegialidad, la publicidad, la apertura, la garantía de una actitud objetiva hacia el personal docente, la inadmisibilidad de la discriminación durante la certificación.

II. Certificación del personal docente para acreditar el cumplimiento del cargo desempeñado

5. La certificación del personal docente para confirmar el cumplimiento del personal docente con sus puestos se lleva a cabo una vez cada cinco años sobre la base de una evaluación de sus actividades profesionales por parte de comisiones de certificación, organizaciones formadas de forma independiente (en adelante, la comisión de certificación de la organización) 2 .

6. La comisión de atestación de la organización se crea por acto administrativo del empleador, integrada por el presidente de la comisión, el vicepresidente, el secretario y los miembros de la comisión.

7. La composición de la comisión de certificación de la organización debe incluir un representante del organismo electo de la organización sindical de base pertinente (si existe tal organismo).

8. La certificación del personal docente se realiza de conformidad con el acto administrativo del empleador.

9. El empleador presenta al personal docente con el acto administrativo que contiene la lista de empleados de la organización sujetos a certificación, el cronograma de certificación, contra firma al menos 30 días calendario antes del día de su certificación según el cronograma.

10. Para llevar a cabo la certificación de cada maestro, el empleador presenta una presentación a la comisión de certificación de la organización.

11. La presentación contiene la siguiente información sobre el maestro:

a) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere);

b) el nombre del cargo a la fecha de la certificación;

c) la fecha de conclusión de un contrato de trabajo para este puesto;

d) el nivel de educación y (o) calificaciones en la especialidad o campo de estudio;

e) información sobre la obtención de educación profesional adicional en el campo de la actividad pedagógica;

f) los resultados de certificaciones anteriores (si las hubiere);

g) una evaluación integral y objetiva motivada de las cualidades profesionales, comerciales, los resultados de la actividad profesional de un trabajador pedagógico en el desempeño de las funciones laborales que le asigna un contrato de trabajo.

12. El patrón pone en conocimiento del maestro la presentación contra firma a más tardar 30 días naturales antes del día de la certificación. Después de revisar la presentación, el maestro, si lo desea, puede presentar a la comisión de certificación de la organización información adicional que caracterice sus actividades profesionales durante el período a partir de la fecha de la certificación anterior (para la certificación primaria, desde la fecha de empleo).

Si el maestro se niega a familiarizarse con la presentación, se redacta un acta, que firman el empleador y las personas (al menos dos) en cuya presencia se redacta el acta.

13. La certificación se realiza en una reunión de la comisión de certificación de la organización con la participación de un docente.

La reunión de la comisión de atestación de la organización se considera competente si a ella asisten al menos dos tercios del número total de miembros de la comisión de atestación de la organización.

Si un maestro está ausente el día de la certificación en una reunión de la comisión de certificación de la organización por buenas razones, su certificación se pospone para otra fecha y se realizan los cambios apropiados en el cronograma de certificación, sobre lo cual el empleador informa al empleado. contra firma por lo menos 30 días naturales antes de la nueva fecha de realización de su certificación.

Si un maestro no se presenta a una reunión de la comisión de certificación de la organización sin una buena razón, la comisión de certificación de la organización realiza la certificación en su ausencia.

14. La comisión de atestación de la organización considera la presentación, información adicional presentada por el propio docente, caracterizando su actividad profesional (si la hubiere).

15. Con base en los resultados de la certificación de un maestro, la comisión de certificación de la organización toma una de las siguientes decisiones:

corresponde al cargo ocupado (se indica el cargo del trabajador pedagógico);

no corresponde al cargo ocupado (se indica el cargo del trabajador pedagógico).

16. La decisión la toma la comisión de certificación de la organización en ausencia del maestro certificado mediante votación abierta por mayoría de votos de los miembros de la comisión de certificación de la organización presentes en la reunión.

Al aprobar la certificación, un maestro que es miembro de la comisión de certificación de la organización no participa en la votación de su candidatura.

17. En los casos en que al menos la mitad de los miembros de la comisión de certificación de la organización presentes en la reunión votaron por la decisión sobre la conformidad del empleado con el cargo desempeñado, el docente es reconocido como apropiado para el cargo desempeñado.

18. Los resultados de la certificación de un maestro que está directamente presente en una reunión de la comisión de certificación de la organización se le comunican después de resumir los resultados de la votación.

19. Los resultados de la certificación de los docentes se registran en un protocolo firmado por el presidente, vicepresidente, secretario y miembros de la comisión de certificación de la organización que estuvieron presentes en la reunión, el cual se conserva con las presentaciones, información adicional, presentado por el propio profesorado, caracterizando sus actividades profesionales (si las hubiere), con el empleador.

20. Para un maestro que haya aprobado la certificación, a más tardar dos días hábiles a partir de la fecha de su realización por parte del secretario de la comisión de certificación de la organización, se redacta un extracto del protocolo que contiene información sobre el apellido, el nombre , patronímico (si lo hay) de la persona que se certifica, el nombre de su cargo, la fecha de la reunión de la comisión de certificación de la organización, los resultados de la votación, sobre la decisión adoptada por la comisión de certificación de la organización. El empleador pone en conocimiento del maestro un extracto del protocolo contra la firma dentro de los tres días hábiles siguientes a su elaboración. Un extracto del protocolo se conserva en el archivo personal del profesor.

21. Los resultados de la certificación para confirmar el cumplimiento de los profesores con sus puestos sobre la base de una evaluación de sus actividades profesionales, un profesor tiene derecho a apelar de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa.

22. Certificación con el fin de acreditar el cumplimiento del cargo desempeñado no pasa el siguiente personal docente:

a) personal docente con categorías de calificación;

b) que hayan trabajado en su cargo por menos de dos años en la organización en la que se realiza la certificación;

c) mujeres embarazadas;

d) mujeres en licencia de maternidad;

e) personas en permiso parental hasta que el niño cumpla tres años;

f) ausentarse del lugar de trabajo por más de cuatro meses consecutivos por enfermedad.

La certificación de los trabajadores pedagógicos, prevista en los incisos "d" y "e" de este párrafo, es posible no antes de dos años después de su liberación de las vacaciones especificadas.

La certificación de los trabajadores pedagógicos, prevista en el inciso "e" de este párrafo, es posible no antes de un año después de su entrada en el trabajo.

23. Las comisiones de certificación de las organizaciones dan recomendaciones al empleador sobre la posibilidad de designar personas que no tengan capacitación especial o experiencia laboral, establecidas en la sección "Requisitos de calificación" de la " características de calificación cargos de educadores" del Unificado manual de calificaciones puestos de gerentes, especialistas y empleados y (o) estándares profesionales, pero con suficiente experiencia práctica y competencia, desempeñando cualitativamente y en su totalidad las funciones que se les asignan.

tercero Certificación del personal docente para establecer una categoría de calificación

24. La certificación del personal docente para establecer una categoría de calificación se realiza a solicitud de éste.

De acuerdo con los resultados de la certificación, se establece la primera o más alta categoría de calificación para el personal docente.

25. La certificación de los trabajadores pedagógicos de las organizaciones bajo la jurisdicción de los órganos ejecutivos federales se lleva a cabo por las comisiones de certificación formadas por las autoridades ejecutivas federales en cuya jurisdicción se encuentran estas organizaciones, y en relación con los trabajadores pedagógicos de las organizaciones bajo la jurisdicción de una entidad constitutiva de la Federación Rusa, trabajadores pedagógicos de organizaciones municipales y privadas, esta atestación es realizada por comisiones de atestación formadas por autoridades estatales autorizadas de las entidades constitutivas de la Federación Rusa (en lo sucesivo denominadas comisiones de atestación) 4 .

26. Al constituir comisiones de certificación, se determina su composición, normas de trabajo, así como las condiciones para atraer especialistas que realicen un análisis integral de las actividades profesionales del personal docente.

La composición de las comisiones de certificación incluye un representante del sindicato correspondiente.

27. La certificación de los docentes se lleva a cabo sobre la base de sus solicitudes presentadas directamente a la comisión de certificación, o enviadas por los docentes a la comisión de certificación por correo con una carta de recibo o con una notificación en forma de documento electrónico utilizando información y redes de telecomunicaciones uso común, incluido Internet.

28. En la solicitud de certificación, los trabajadores pedagógicos indican las categorías de calificación y los puestos para los que desean obtener la certificación.

29. Las solicitudes de certificación las presenta el personal docente, independientemente de la duración del trabajo en la organización, incluso durante la licencia parental.

30. Las solicitudes de certificación para establecer la categoría de calificación más alta para el puesto para el cual se llevará a cabo la certificación por primera vez son presentadas por los maestros no antes de dos años después del establecimiento de la primera categoría de calificación para este puesto.

31. La caducidad de la categoría de calificación más alta no limita el derecho de un maestro a postularse posteriormente a la comisión de certificación con una solicitud para su certificación a fin de establecer la categoría de calificación más alta para el mismo puesto.

32. Las solicitudes de certificación de los maestros son consideradas por las comisiones de certificación dentro de un período no mayor a 30 días calendario a partir de la fecha de su recepción, durante el cual:

a) se determina un plazo específico para la certificación de cada docente individualmente, teniendo en cuenta el período de validez de la categoría de calificación previamente establecida;

b) se realiza una notificación por escrito al personal docente sobre la fecha y lugar de su certificación.

33. La duración de la certificación de cada docente desde el inicio de su implementación y hasta la decisión de la comisión de certificación es de no más de 60 días calendario.

34. La reunión de la comisión de atestación se considera competente si concurren a ella, al menos, las dos terceras partes del número total de sus miembros.

35. El trabajador pedagógico tiene derecho a estar personalmente presente durante su certificación en una reunión de la comisión de certificación. Si un maestro no se presenta a una reunión de la comisión de atestación, la atestación se lleva a cabo en su ausencia.

resultados positivos estables en el desarrollo de programas educativos por parte de los estudiantes basados ​​en los resultados del seguimiento realizado por la organización;

resultados positivos estables en el desarrollo de programas educativos por parte de los estudiantes basados ​​en los resultados del seguimiento del sistema educativo, realizado de la manera establecida por el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de agosto de 2013 N 662 5;

identificar el desarrollo de las capacidades de los estudiantes para actividades científicas (intelectuales), creativas, de cultura física y deportivas;

contribución personal para mejorar la calidad de la educación, mejorar los métodos de formación y educación, difundir en el personal docente la experiencia de los resultados prácticos de sus actividades profesionales, participación activa en el trabajo de asociaciones metodológicas de trabajadores pedagógicos de la organización.

logro por parte de los estudiantes de una dinámica positiva de los resultados del dominio de los programas educativos basados ​​​​en los resultados del seguimiento realizado por la organización;

logro por parte de los estudiantes de resultados positivos en el desarrollo de programas educativos basados ​​en los resultados del seguimiento del sistema educativo, realizado de la manera establecida por el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de agosto de 2013 N 662 5;

identificación y desarrollo de las habilidades de los estudiantes para actividades científicas (intelectuales), creativas, de cultura física y deportivas, así como su participación en olimpiadas, competencias, festivales, competencias;

contribución personal a la mejora de la calidad de la educación, la mejora de los métodos de enseñanza y formación, y el uso productivo de las nuevas tecnologías educativas, transmitiendo la experiencia en el profesorado de los resultados prácticos de sus actividades profesionales, incluso experimentales e innovadoras;

participación activa en el trabajo de asociaciones metodológicas de trabajadores pedagógicos de organizaciones, en el desarrollo de programas y apoyo metodológico del proceso educativo, competencias profesionales.

38. La evaluación de las actividades profesionales de los docentes para establecer una categoría de calificación la realiza la comisión de certificación con base en los resultados de su trabajo, previsto en los numerales 36 y 37 de este Procedimiento, siempre que sus actividades estén relacionadas con la áreas de trabajo relevantes.

39. Con base en los resultados de la certificación, la comisión de certificación toma una de las siguientes decisiones:

establecer la primera (más alta) categoría de calificación (se indica el puesto del trabajador pedagógico para el cual se establece la categoría de calificación);

negarse a establecer la primera (más alta) categoría de calificación (se indica el puesto para el cual se le niega al maestro el establecimiento de una categoría de calificación).

40. La decisión de la comisión de certificación se toma en ausencia del maestro certificado mediante votación abierta por mayoría de votos de los miembros de la comisión de certificación presentes en la reunión. En caso de igualdad de votos, la comisión de certificación decide establecer la primera (más alta) categoría de calificación.

Al pasar la certificación, un maestro que es miembro de la comisión de certificación no participa en la votación de su candidatura.

Los resultados de la certificación de un profesor directamente presente en una reunión de la comisión de certificación se le comunican después de resumir los resultados de la votación.

41. La decisión de la comisión de certificación se redacta en un protocolo firmado por el presidente, el vicepresidente, el secretario y los miembros de la comisión de certificación que participaron en la votación.

La decisión de la comisión de atestación entra en vigor a partir de la fecha de su emisión.

42. Al tomar una decisión de la comisión de certificación de negarse a establecer la categoría de calificación más alta en relación con un maestro que tiene la primera categoría de calificación, se le retiene la primera categoría de calificación hasta su vencimiento.

43. Los trabajadores pedagógicos a quienes, durante la certificación, se les negó el establecimiento de una categoría de calificación, solicitan a la comisión de certificación una solicitud de certificación para la misma categoría de calificación no antes de un año a partir de la fecha en que la comisión de certificación hizo la correspondiente decisión.

44. Sobre la base de las decisiones de las comisiones de certificación sobre los resultados de la certificación de los trabajadores pedagógicos, las autoridades ejecutivas federales pertinentes o las autoridades estatales autorizadas de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia emiten actos administrativos sobre el establecimiento de trabajadores pedagógicos de primera o más alta categoría de calificación a partir de la fecha de la decisión de la comisión de certificación, que se publican en los sitios web oficiales de los organismos indicados en Internet.

45. Los resultados de la certificación para establecer una categoría de calificación (primera o más alta), un maestro tiene derecho a apelar de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa.

46. ​​​​Las categorías de calificación establecidas para el personal docente se conservan hasta el vencimiento de su validez al transferirse a otra organización, incluida una ubicada en otro sujeto de la Federación Rusa.

1 Parte 1 del Artículo 49 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la Educación en la Federación Rusa" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2012, N 53, Art. 7598; 2013, N 19, Art. 2326; N 23, ítem 2878; N 27, ítem 3462; N 30, ítem 4036; N 48, ítem 6165; 2014, N 6, ítem 562, ítem 566).

2 Parte 2 del Artículo 49 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la Educación en la Federación Rusa" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2012, N 53, Art. 7598; 2013, N 19, Art. 2326; N 23, ítem 2878; N 27, ítem 3462; N 30, ítem 4036; N 48, ítem 6165; 2014, N 6, ítem 562, ítem 566).

3 Orden del Ministerio de Sanidad y desarrollo Social de la Federación Rusa del 26 de agosto de 2010 N 761n "Sobre la aprobación del Manual de calificación unificado para los puestos de gerentes, especialistas y empleados, sección" Características de calificación de los puestos de educadores "(registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa el 6 de octubre de 2010, registro N 18638) con un cambio, introducido por orden del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Federación Rusa del 31 de mayo de 2011 N 448n (registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa el julio 1, 2011, registro N 21240).

4 Parte 3 del Artículo 49 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la Educación en la Federación Rusa" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2012, N 53, Art. 7598; 2013, N 19, Art. 2326; N 23, ítem 2878; N 27, ítem 3462; N 30, ítem 4036; N 48, ítem 6165; 2014, N 6, ítem 562, ítem 566).

5 Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de agosto de 2013 N 662 "Sobre el monitoreo del sistema educativo" (Sobraniye zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2013, N 33, art. 4378).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

PEDIDO


De conformidad con la Parte 4 del Artículo 49 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la Educación en la Federación Rusa" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2012, N 53, Art. 7598; 2013, N 19 , Art. 2326, N 23, Art. 2878, N 27, Art. 3462, N 30, Art. 4036, N 48, Art. 6165, 2014, N 6, Art. 562, Art. Ciencia de la Federación Rusa, aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 3 de junio de 2013 N 466 (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2013, N 23, Art. 2923; N 33, Art. 4386; N 37, Art. 4702; 2014, N 2, 126; N 6, art.582)

Ordeno:

1. Aprobar, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Protección Social de la Federación Rusa, el Procedimiento adjunto para la certificación de personal docente de organizaciones dedicadas a actividades educativas.

2. Establecer que las categorías de calificación establecidas para los docentes de las instituciones educativas estatales y municipales con anterioridad a la aprobación del Procedimiento señalado en el numeral 1 de la presente orden se mantienen por el período para el cual fueron establecidas.

3. Reconocer inválida la orden del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa de fecha 24 de marzo de 2010 N 209 "Sobre el Procedimiento para la Certificación de Trabajadores Pedagógicos de Instituciones Educativas Estatales y Municipales" (registrada por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa Federación el 26 de abril de 2010, registro N 16999).

Ministro
D. Livanov

Registrado
en el Ministerio de Justicia
Federación Rusa
23 de mayo de 2014
registro N 32408

Apéndice. El procedimiento para la certificación del personal docente de las organizaciones dedicadas a actividades educativas.

Apéndice

I. Disposiciones generales

1. El procedimiento para la certificación de trabajadores pedagógicos de organizaciones dedicadas a actividades educativas (en adelante, la organización) determina las reglas, tareas principales y principios para la certificación de trabajadores pedagógicos de organizaciones.

Este Procedimiento se aplica al personal docente de organizaciones que ocupan los puestos mencionados en la subsección 2 de la sección I de la nomenclatura de puestos de personal docente de organizaciones dedicadas a actividades educativas, puestos de jefes de organizaciones educativas, aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa de 8 de agosto de 2013 N 678 (Colección de Legislación de la Federación Rusa, 2013, N 33, Art. 4381), incluso en los casos en que la ocupación de puestos se realiza a tiempo parcial en la misma u otra organización, así como por combinar puestos junto con trabajo en la misma organización, definida por un contrato de trabajo (en adelante, personal docente).

2. La certificación del profesorado se realiza con el fin de acreditar la conformidad del profesorado con su cargo a partir de una evaluación de su actividad profesional y a petición del profesorado (con excepción del profesorado del profesorado) en para establecer una categoría de calificación.
_______________
Parte 1 del artículo 49 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la educación en la Federación Rusa"

3. Las principales tareas de la certificación son:

estimulación de la mejora continua y decidida del nivel de calificación de los trabajadores pedagógicos, su cultura metodológica, crecimiento profesional y personal;

determinar la necesidad de formación avanzada del personal docente;

mejorar la eficiencia y calidad de las actividades docentes;

identificar perspectivas para utilizar el potencial del personal docente;

teniendo en cuenta los requisitos de las normas educativas estatales federales para las condiciones del personal para la implementación de programas educativos al formar el personal de las organizaciones;

garantizar la diferenciación de los salarios de los docentes, teniendo en cuenta la categoría de calificación establecida y el volumen de su trabajo docente (pedagógico).

4. Los principios fundamentales de la certificación son la colegialidad, la publicidad, la apertura, la garantía de una actitud objetiva hacia el personal docente, la inadmisibilidad de la discriminación durante la certificación.

II. Certificación del personal docente para acreditar el cumplimiento del cargo desempeñado

5. La certificación del personal docente para confirmar el cumplimiento del personal docente con sus puestos se lleva a cabo una vez cada cinco años sobre la base de una evaluación de sus actividades profesionales por parte de comisiones de certificación, organizaciones formadas de forma independiente (en adelante, la comisión de certificación de la organización).
_______________
Parte 2 del Artículo 49 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la Educación en la Federación Rusa" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2012, N 53, Art. 7598; 2013, N 19, Art. 2326, N 23, Art. 2878, N 27, Art. 3462, N 30, Art. 4036, N 48, Art. 6165, 2014, N 6, Art. 562, Art. 566).

6. La comisión de atestación de la organización se crea por acto administrativo del empleador, integrada por el presidente de la comisión, el vicepresidente, el secretario y los miembros de la comisión.

7. La composición de la comisión de certificación de la organización debe incluir un representante del organismo electo de la organización sindical de base pertinente (si existe tal organismo).

8. La certificación del personal docente se realiza de conformidad con el acto administrativo del empleador.

9. El empleador presenta al personal docente con el acto administrativo que contiene la lista de empleados de la organización sujetos a certificación, el cronograma de certificación, contra firma al menos 30 días calendario antes del día de su certificación según el cronograma.

10. Para llevar a cabo la certificación de cada maestro, el empleador presenta una presentación a la comisión de certificación de la organización.

11. La presentación contiene la siguiente información sobre el maestro:

a) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere);

b) el nombre del cargo a la fecha de la certificación;

c) la fecha de conclusión de un contrato de trabajo para este puesto;

d) el nivel de educación y (o) calificaciones en la especialidad o campo de estudio;

e) información sobre la obtención de educación profesional adicional en el campo de la actividad pedagógica;

f) los resultados de certificaciones anteriores (si las hubiere);

g) una evaluación integral y objetiva motivada de las cualidades profesionales, comerciales, los resultados de la actividad profesional de un trabajador pedagógico en el desempeño de las funciones laborales que le asigna un contrato de trabajo.

12. El patrón pone en conocimiento del maestro la presentación contra firma a más tardar 30 días naturales antes del día de la certificación. Después de revisar la presentación, el maestro, si lo desea, puede presentar a la comisión de certificación de la organización información adicional que caracterice sus actividades profesionales durante el período a partir de la fecha de la certificación anterior (para la certificación primaria, desde la fecha de empleo).

Si el maestro se niega a familiarizarse con la presentación, se redacta un acta, que firman el empleador y las personas (al menos dos) en cuya presencia se redacta el acta.

13. La certificación se realiza en una reunión de la comisión de certificación de la organización con la participación de un docente.

La reunión de la comisión de atestación de la organización se considera competente si a ella asisten al menos dos tercios del número total de miembros de la comisión de atestación de la organización.

Si un maestro está ausente el día de la certificación en una reunión de la comisión de certificación de la organización por buenas razones, su certificación se pospone para otra fecha y se realizan los cambios apropiados en el cronograma de certificación, sobre lo cual el empleador informa al empleado. contra firma por lo menos 30 días naturales antes de la nueva fecha de realización de su certificación.

Si un maestro no se presenta a una reunión de la comisión de certificación de la organización sin una buena razón, la comisión de certificación de la organización realiza la certificación en su ausencia.

14. La comisión de atestación de la organización considera la presentación, información adicional presentada por el propio docente, caracterizando su actividad profesional (si la hubiere).

15. Con base en los resultados de la certificación de un maestro, la comisión de certificación de la organización toma una de las siguientes decisiones:

corresponde al cargo ocupado (se indica el cargo del trabajador pedagógico);

no corresponde al cargo ocupado (se indica el cargo del trabajador pedagógico).

16. La decisión la toma la comisión de certificación de la organización en ausencia del maestro certificado mediante votación abierta por mayoría de votos de los miembros de la comisión de certificación de la organización presentes en la reunión.

Al aprobar la certificación, un maestro que es miembro de la comisión de certificación de la organización no participa en la votación de su candidatura.

17. En los casos en que al menos la mitad de los miembros de la comisión de certificación de la organización presentes en la reunión votaron por la decisión sobre la conformidad del empleado con el cargo desempeñado, el docente es reconocido como apropiado para el cargo desempeñado.

18. Los resultados de la certificación de un maestro que está directamente presente en una reunión de la comisión de certificación de la organización se le comunican después de resumir los resultados de la votación.

19. Los resultados de la certificación de los docentes se registran en un protocolo firmado por el presidente, vicepresidente, secretario y miembros de la comisión de certificación de la organización que estuvieron presentes en la reunión, que se almacena con las presentaciones, información adicional proporcionada por el los propios docentes, caracterizando sus actividades profesionales (si las hubiere), en el empleador.

20. Para un maestro que haya aprobado la certificación, a más tardar dos días hábiles a partir de la fecha de su realización por parte del secretario de la comisión de certificación de la organización, se redacta un extracto del protocolo que contiene información sobre el apellido, el nombre , patronímico (si lo hay) de la persona que se certifica, el nombre de su cargo, la fecha de la reunión de la comisión de certificación de la organización, los resultados de la votación, sobre la decisión adoptada por la comisión de certificación de la organización. El empleador pone en conocimiento del maestro un extracto del protocolo contra la firma dentro de los tres días hábiles siguientes a su elaboración. Un extracto del protocolo se conserva en el archivo personal del profesor.

21. Los resultados de la certificación para confirmar el cumplimiento de los profesores con sus puestos sobre la base de una evaluación de sus actividades profesionales, un profesor tiene derecho a apelar de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa.

22. Certificación con el fin de acreditar el cumplimiento del cargo desempeñado no pasa el siguiente personal docente:

a) personal docente con categorías de calificación;

b) que hayan trabajado en su cargo por menos de dos años en la organización en la que se realiza la certificación;

c) mujeres embarazadas;

d) mujeres en licencia de maternidad;

e) personas en permiso parental hasta que el niño cumpla tres años;

f) ausentarse del lugar de trabajo por más de cuatro meses consecutivos por enfermedad.

La certificación de los trabajadores pedagógicos, prevista en los incisos "d" y "e" de este párrafo, es posible no antes de dos años después de su liberación de las vacaciones especificadas.

La certificación de los trabajadores pedagógicos, prevista en el inciso "e" de este párrafo, es posible no antes de un año después de su entrada en el trabajo.

23. Las comisiones de certificación de las organizaciones dan recomendaciones al empleador sobre la posibilidad de designar personas para los puestos relevantes de trabajadores pedagógicos que no tengan capacitación especial o experiencia laboral establecida en la sección "Requisitos de calificación" de las "Características de calificación de los puestos de Trabajadores de la Educación" del Directorio Unificado de Cualificación para los puestos de gerentes, especialistas y empleados y (o) estándares profesionales, pero con suficiente experiencia práctica y competencia, desempeñando cualitativamente y en su totalidad las funciones que se les asignan.
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Orden del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Federación Rusa del 26 de agosto de 2010 N 761n "Sobre la aprobación del Directorio Unificado de Calificación para los puestos de gerentes, especialistas y empleados, sección" Características de calificación de los puestos de educadores "(registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa el 6 de octubre de 2010, registro N 18638) modificado por la orden del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Federación Rusa del 31 de mayo de 2011 N 448n (registrado por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa el 1 de julio de 2011, registro N 21240).

tercero Certificación del personal docente para establecer una categoría de calificación

24. La certificación del personal docente para establecer una categoría de calificación se realiza a solicitud de éste.

De acuerdo con los resultados de la certificación, se establece la primera o más alta categoría de calificación para el personal docente.

La categoría de calificación se establece por un período de 5 años. El período de validez de la categoría de calificación no está sujeto a prórroga.

25. La certificación de los trabajadores pedagógicos de las organizaciones bajo la jurisdicción de los órganos ejecutivos federales se lleva a cabo por las comisiones de certificación formadas por las autoridades ejecutivas federales en cuya jurisdicción se encuentran estas organizaciones, y en relación con los trabajadores pedagógicos de las organizaciones bajo la jurisdicción de una entidad constitutiva de la Federación Rusa, trabajadores pedagógicos de organizaciones municipales y privadas, esta certificación es realizada por comisiones de certificación formadas por autoridades estatales autorizadas de las entidades constitutivas de la Federación Rusa (en lo sucesivo, comisiones de certificación).
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Parte 3 del Artículo 49 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la Educación en la Federación Rusa" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2012, N 53, Art. 7598; 2013, N 19, Art. 2326, 23, Art. 2878, N 27, Art. 3462, N 30, Art. 4036, N 48, Art. 6165, 2014, N 6, Art. 562, Art. 566).

26. Al constituir comisiones de certificación, se determina su composición, normas de trabajo, así como las condiciones para atraer especialistas que realicen un análisis integral de las actividades profesionales del personal docente.

La composición de las comisiones de certificación incluye un representante del sindicato correspondiente.

27. La certificación de docentes se lleva a cabo sobre la base de sus solicitudes presentadas directamente a la comisión de certificación, o enviadas por los docentes a la comisión de certificación por correo con una carta de recibo o notificación en forma de documento electrónico utilizando información pública y telecomunicaciones. redes, incluido el número de Internet.

28. En la solicitud de certificación, los trabajadores pedagógicos indican las categorías de calificación y los puestos para los que desean obtener la certificación.

29. Las solicitudes de certificación las presenta el personal docente, independientemente de la duración del trabajo en la organización, incluso durante la licencia parental.

30. Las solicitudes de certificación para establecer la categoría de calificación más alta para el puesto para el cual se llevará a cabo la certificación por primera vez son presentadas por los maestros no antes de dos años después del establecimiento de la primera categoría de calificación para este puesto.

31. La caducidad de la categoría de calificación más alta no limita el derecho de un maestro a postularse posteriormente a la comisión de certificación con una solicitud para su certificación a fin de establecer la categoría de calificación más alta para el mismo puesto.

32. Las solicitudes de certificación de los maestros son consideradas por las comisiones de certificación dentro de un período no mayor a 30 días calendario a partir de la fecha de su recepción, durante el cual:

a) se determina un plazo específico para la certificación de cada docente individualmente, teniendo en cuenta el período de validez de la categoría de calificación previamente establecida;

b) se realiza una notificación por escrito al personal docente sobre la fecha y lugar de su certificación.

33. La duración de la certificación de cada docente desde el inicio de su implementación y hasta la decisión de la comisión de certificación es de no más de 60 días calendario.

34. La reunión de la comisión de atestación se considera competente si concurren a ella, al menos, las dos terceras partes del número total de sus miembros.

35. El trabajador pedagógico tiene derecho a estar personalmente presente durante su certificación en una reunión de la comisión de certificación. Si un maestro no se presenta a una reunión de la comisión de atestación, la atestación se lleva a cabo en su ausencia.

36. La primera categoría de cualificación del personal docente se establece sobre la base de:

resultados positivos estables en el desarrollo de programas educativos por parte de los estudiantes basados ​​en los resultados del seguimiento realizado por la organización;

resultados positivos estables en el desarrollo de programas educativos por parte de los estudiantes basados ​​en los resultados del seguimiento del sistema educativo, realizado en la forma prescrita;
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identificar el desarrollo de las capacidades de los estudiantes para actividades científicas (intelectuales), creativas, de cultura física y deportivas;

contribución personal para mejorar la calidad de la educación, mejorar los métodos de formación y educación, difundir en el personal docente la experiencia de los resultados prácticos de sus actividades profesionales, participación activa en el trabajo de asociaciones metodológicas de trabajadores pedagógicos de la organización.

37. La máxima categoría de cualificación del personal docente se establece sobre la base de:

logro por parte de los estudiantes de una dinámica positiva de los resultados del dominio de los programas educativos basados ​​​​en los resultados del seguimiento realizado por la organización;

logro por parte de los estudiantes de resultados positivos en el desarrollo de programas educativos basados ​​en los resultados del seguimiento del sistema educativo realizado de la manera establecida por el Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de agosto de 2013 N 662;
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Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de agosto de 2013 N 662 "Sobre el monitoreo del sistema educativo" (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2013, N 33, Art. 4378).


identificación y desarrollo de las habilidades de los estudiantes para actividades científicas (intelectuales), creativas, de cultura física y deportivas, así como su participación en olimpiadas, competencias, festivales, competencias;

contribución personal a la mejora de la calidad de la educación, la mejora de los métodos de enseñanza y formación, y el uso productivo de las nuevas tecnologías educativas, transmitiendo la experiencia en el profesorado de los resultados prácticos de sus actividades profesionales, incluso experimentales e innovadoras;

participación activa en el trabajo de asociaciones metodológicas de trabajadores pedagógicos de organizaciones, en el desarrollo de programas y apoyo metodológico del proceso educativo, competencias profesionales.

38. La evaluación de las actividades profesionales de los docentes para establecer una categoría de calificación la realiza la comisión de certificación con base en los resultados de su trabajo, previsto en los numerales 36 y 37 de este Procedimiento, siempre que sus actividades estén relacionadas con la áreas de trabajo relevantes.

39. Con base en los resultados de la certificación, la comisión de certificación toma una de las siguientes decisiones:

establecer la primera (más alta) categoría de calificación (se indica el puesto del trabajador pedagógico para el cual se establece la categoría de calificación);

negarse a establecer la primera (más alta) categoría de calificación (se indica el puesto para el cual se le niega al maestro el establecimiento de una categoría de calificación).

40. La decisión de la comisión de certificación se toma en ausencia del maestro certificado mediante votación abierta por mayoría de votos de los miembros de la comisión de certificación presentes en la reunión. En caso de igualdad de votos, la comisión de certificación decide establecer la primera (más alta) categoría de calificación.

Al pasar la certificación, un maestro que es miembro de la comisión de certificación no participa en la votación de su candidatura.

Los resultados de la certificación de un profesor directamente presente en una reunión de la comisión de certificación se le comunican después de resumir los resultados de la votación.

41. La decisión de la comisión de certificación se redacta en un protocolo firmado por el presidente, el vicepresidente, el secretario y los miembros de la comisión de certificación que participaron en la votación.

La decisión de la comisión de atestación entra en vigor a partir de la fecha de su emisión.

42. Al tomar una decisión de la comisión de certificación de negarse a establecer la categoría de calificación más alta en relación con un maestro que tiene la primera categoría de calificación, se le retiene la primera categoría de calificación hasta su vencimiento.

43. Los trabajadores pedagógicos a quienes, durante la certificación, se les negó el establecimiento de una categoría de calificación, solicitan a la comisión de certificación una solicitud de certificación para la misma categoría de calificación no antes de un año a partir de la fecha en que la comisión de certificación hizo la correspondiente decisión.

44. Sobre la base de las decisiones de las comisiones de certificación sobre los resultados de la certificación de los trabajadores pedagógicos, las autoridades ejecutivas federales pertinentes o las autoridades estatales autorizadas de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia emiten actos administrativos sobre el establecimiento de trabajadores pedagógicos de primera o más alta categoría de calificación a partir de la fecha de la decisión de la comisión de certificación, que se publican en los sitios web oficiales de los organismos indicados en Internet.

45. Los resultados de la certificación para establecer una categoría de calificación (primera o más alta), un maestro tiene derecho a apelar de acuerdo con la legislación de la Federación Rusa.

46. ​​​​Las categorías de calificación establecidas para el personal docente se conservan hasta el vencimiento de su validez al transferirse a otra organización, incluida una ubicada en otro sujeto de la Federación Rusa.

    Apéndice. El procedimiento para la certificación del personal docente de las organizaciones dedicadas a actividades educativas.

Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa del 7 de abril de 2014 N 276
“Sobre la Aprobación del Procedimiento de Certificación de Trabajadores Pedagógicos de Organizaciones que Realizan Actividades Educativas”

De conformidad con la Parte 4 del Artículo 49 de la Ley Federal del 29 de diciembre de 2012 N 273-FZ "Sobre la Educación en la Federación Rusa" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2012, N 53, Art. 7598; 2013, N 19, Art. 2326; N° 23, artículo 2878; N° 27, artículo 3462; N° 30, artículo 4036; N° 48, artículo 6165; 2014, N° 6, artículo 562, artículo 566) y el inciso 5.2.28 de la Reglamento del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa, aprobado por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 3 de junio de 2013 N 466 (Legislación Recopilada de la Federación Rusa, 2013, N 23, Art. 2923; N 33, Art. 4386, N 37, Art. 4702, 2014, N 2, artículo 126, N 6, artículo 582) Ordeno:

1. Aprobar, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Protección Social de la Federación Rusa, el Procedimiento adjunto para la certificación de personal docente de organizaciones dedicadas a actividades educativas.

2. Establecer que las categorías de calificación establecidas para el personal docente de las instituciones educativas estatales y municipales con anterioridad a la aprobación del Procedimiento previsto en el apartado 1 de la presente orden se mantienen por el período para el que fueron establecidas.

3. Reconocer inválida la orden del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa de fecha 24 de marzo de 2010 N 209 "Sobre el Procedimiento para la Certificación de Trabajadores Pedagógicos de Instituciones Educativas Estatales y Municipales" (registrada por el Ministerio de Justicia de la Federación Rusa Federación el 26 de abril de 2010, registro N 16999).

DV Livanov

Colocar Nuevo orden certificación de trabajadores pedagógicos de organizaciones educativas. No se aplica a los miembros de la facultad.

Todo el personal docente, incluidos los trabajadores a tiempo parcial, está sujeto a certificación.

Las comisiones de atestación para confirmar el cumplimiento de los empleados con sus puestos ahora se forman de forma independiente. organizaciones educativas. La frecuencia de certificación no ha cambiado: 1 vez en 5 años. Al mismo tiempo, los empleados que se ausentaron del trabajo por enfermedad durante más de 4 meses seguidos se someten a la certificación no antes de un año después de comenzar a trabajar.

Se establecen categorías de cualificación (primera o superior) para el profesorado que lo solicite. Los empleados con una categoría de calificación no se someten a una certificación para confirmar su idoneidad para su puesto.

La solicitud de asignación de una categoría puede enviarse por correo o a en formato electrónico. También se puede solicitar durante el permiso parental.

Se han aclarado los motivos para la asignación de categorías de cualificación. En caso de negativa a establecer una categoría, un empleado puede volver a solicitar su asignación solo después de un año.

Las categorías de calificación previamente asignadas se conservan durante el período para el cual fueron establecidas.

Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de la Federación Rusa del 7 de abril de 2014 N 276 "Sobre la aprobación del procedimiento para la certificación del personal docente de organizaciones dedicadas a actividades educativas"


La presente Orden entrará en vigor 10 días después de la fecha de su publicación oficial.